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miércoles, 3 de noviembre de 2021

INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO (IVE)

 INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO (IVE)




CONDICIONES LEGALES PARA LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO


LEY ORGÁNICA 2/2010. DE 3 DE MARZO, DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Y DE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO


De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2010 las condiciones para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo se interpretarán en el modo  más favorable para la protección y eficacia de los derechos fundamentales de la mujer, en particular:


-Derecho al libre desarrollo de la personalidad.

-Derecho a la vida.

-Derecho a la integridad física y moral.

-Derecho a la intimidad.

-Derecho a la libertad ideológica.

-Derecho a la no discriminación.


INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO A PETICIÓN DE LA MUJER (ART.14)


La interrupción del embarazo podrá realizarse dentro de las primeras 14 semanas de gestación.


Requisitos:

  • Que se haya informado a la mujer embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad.

  • Que haya transcurrido un plazo de al menos tres días desde la información mencionada y la realización de la intervención.


INTERRUPCIÓN POR CAUSAS MÉDICAS:


Deben concurrir las siguientes circunstancias:


  • Que no se superen las 22 semanas de gestación y que exista un grave riesgo para la vida o salud de la embarazada y así conste en un dictamen emitido, con anterioridad por un médico o médica especialista, distinto al que la practique o dirija. En caso de urgencia vital para la mujer se podrá prescindir del dictamen.

  • Que no se superen las 22 semanas de gestación y exista riesgo de graves anomalías en el feto que así conste en un dictamen emitido con anterioridad por dos médicos especialistas distintos del que la practique o dirija.

  • Cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así conste en un dictamen emitido por un profesional sanitario distinto del que practique la intervención o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico.


PRINCIPALES MÉTODOS DE INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO


1. Farmacológico: También conocido como aborto no quirúrgico. Es un método sencillo, que se emplea en gestaciones de poco tiempo de evolución (generalmente por debajo de 7 semanas). Utiliza un medicamento o una combinación de medicamentos que producen que el embarazo se interrumpa y después logra que el útero expulse los productos de la concepción. El fármaco más conocido es la píldora RU-486. Su nombre genérico es Mifepristona. Es una hormona sintética que bloquea la progesterona (hormona indispensable para que se mantenga el embarazo).


2. Succión y legrado: Es un procedimiento común de aborto en el primer trimestre de embarazo. Se dilata el cuello del útero hasta que es lo suficientemente grande para insertar una cánula en el mismo. La cánula es una tubo de plástico hueco, conectado a una bomba de aspiración mediante una manguera flexible. El líquido amniótico, la placenta y el feto son succionados al interior del tubo e introducidos en un bote de recolección. Los restos que pudieran quedar aún en el útero son extraídos por medios quirúrgicos, en un procedimiento llamado legrado.


3. Dilatación y curetaje: Este método de interrupción del embarazo se utiliza a finales del primer trimestre o principios del segundo, cuando el feto ya es demasiado grande para ser extraído por succión. En vez de emplear aspiración, se utiliza instrumental quirúrgico, como una cureta o cucharilla de punta afilada con fin de facilitar la extracción del feto. Este procedimiento tiene más riesgos para la mujer que el método de succión.


4. Dilatación y evacuación: Este método es muy común en el segundo trimestre del embarazo (entre las 12 y las 20 semanas). Se dilata el cuello del útero y después se introduce una cánula, para remover mediante succión el líquido amniótico que rodea al feto. Posteriormente, mediante procedimientos mecánicos, se extrae el feto con instrumental quirúrgico a través del cuello del útero.


5. Histerectomía o cesárea: Este procedimiento se realiza en fases más avanzadas de la gestación, ante la presencia de malformaciones o circunstancias que impidan la extracción del feto a través del cuello del útero. Consiste en realizar una cesárea. Como se trata de una intervención quirúrgica mayor, puede existir más riesgo de complicaciones.


6. Parto inducido. Este método se realiza también en fases muy avanzadas de gestación, generalmente ante la presencia de malformaciones o enfermedades fetales incompatibles con la vida. Consiste en la provocación del parto, tras el cual el producto de la gestación no sobrevive.


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